La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional rechazó un hábeas corpus de Rafael Di Zeo, jefe de la barrabrava de Boca, contra la prohibición de ingresar a otros países de Latinoamérica.

Al promover el pedido contra las restricciones ambulatorias, Di Zeo manifestó que el 22 de abril de 2019 egresó de la Argentina “sin ningún inconveniente”, pero que, al arribar a Colombia, fue devuelto al país de origen “sin mediar explicaciones”. Además, agregó que ocurrió lo mismo el 16 de febrero y el 18 de marzo pasados, cuando intentó ingresar a México y Panamá, respectivamente.

Durante el trámite procesal se acreditó que sobre Di Zeo “no pesan declaraciones de contumacia vigentes ni otras órdenes restrictivas de su libertad emanadas de autoridades argentinas”. La Sala I de la Cámara resolvió que, si bien no existen medidas dictadas por alguna autoridad nacional competente que pudiera justificar la restricción de la libertad ambulatoria del barra de Boca, “la acción de hábeas corpus no podrá prosperar”.

“Ello es así -afirmó el tribunal al desestimar el planteo del abogado Diego Storto- dado que las decisiones de control migratorio que pudieran haber adoptado otros países al pretender ingresar a ellos, exceden la competencia territorial de la justicia argentina” y se debe “accionar en aquellas sedes”.

La resolución, que ratificó la dictada en primera instancia, fue firmada por los camaristas Jorge Luis Rimondi y Pablo Guillermo Lucero.