La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal hizo lugar a un “hábeas data” promovido por la hija de Pedro Pompilio y le ordenó a Google que suprima el URL de búsqueda que asocien la muerte (en 2008) del ex presidente del Club Boca Juniors con un supuesto encuentro íntimo con una conocida modelo.

En primera instancia, la acción presentada había sido rechazada por lo que la hija de Pompilio recurrió a la Cámara. Los jueces Ricardo Recondo, Alfredo Silverio Guzmán y Eduardo Gottardi ponderaron el dictamen que realizó el fiscal de Cámara y compartieron su criterio al respecto de darle la razón a la familia de Pompilio.

“Teniendo en cuenta que, desde el momento del deceso del señor P. P. hasta el momento en que se dicta el presente pronunciamiento, han transcurrido más de doce años; que la información indexada por el motor de búsqueda emplazado no cuenta con los parámetros antes señalados que permitan incluirla en aquellos casos excepcionalísimos en los que priman los derechos a la información y la libertad de expresión por sobre los derechos a la intimidad y el honor de las personas, pues ha dejado de ser novedosa o de interés para la comunidad que habiliten justificadamente la afectación de los derechos personalísimos del causante”, marcaron.

Además, resaltaron del dictamen fiscal una consideración sobre el funcionamiento del buscador. “Un hecho notorio que los enlaces que realiza Google a partir del nombre de la persona afectada son un vehículo fundamental para la difusión de la información generada por los titulares de los sitios, y constituyen en consecuencia un factor multiplicador que contribuye al agravamiento de los daños” establecieron los magistrados.

De esta forma, ordenaron a la empresa  bloquear las URLs que fueron denunciadas en el escrito inaugural y por las que fue intimada el buscador, “siempre que hagan referencia a la información vinculada con el fallecimiento de Pedro Pompilio”.

Meses atrás, la familia de Pompilio ya le había ganado un juicio al mediático Jacobo Winograd, por difundir la falsa noticia y no indemnizar a los denunciantes. Tras este suceso, Winograd debió decretarse en quiebra.