(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) Finalmente, cayó Marco Polo del Nero. La FIFA, a través de su página web, anunció que suspendió al titular de la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF) por un período de 90 días, que podría ampliarse "máximo, 45 días más". La decisión del Comité de Ética del organismo, que lo venía investigando desde diciembre de 2015, llega 24 horas después que en el Juicio de Brooklyn contra Juan Ángel Napout, Manuel Burga y otro ex presidente de la CBF, José María Marín, volviera a aparecer su nombre relacionado al cobro de sobornos.

En concreto, para intentar "limpiar" a su defendido, el abogado de Marín, Charles Stillman, aseguró que su cliente era "inocente" y que los sobornos los habían cobrado Ricardo Teixeira, antecesor de Marín y el propio Del Nero, su sucesor. Vale recordar que a Del Nero, la fiscalía de Estados Unidos, le endilga los mismos delitos que a Marín, pero con una diferencia de seis meses en su imputación. Tiempo que Del Nero utilizó para recluirse en Brasil, país que no extradita a sus ciudadanos.

Eso sí, al menos, Del Nero ahora no podrá seguir ejerciendo como presidente de la CBF. Este golpe directo al mentón institucional del fútbol brasileño, llega en la antesala del Mundial de Rusia 2018, lo cual debilita a la Federación brasieña de cara la máxima cita. Una crisis que se podría profundizar con la casi segura condena a Marín, en el marco del juicio por el FIFA Gate.

La FIFA anunció en su web que "Por decisión del Comité De Ética se suspende provisionalmente al presidente de la Federación Brasileña (CBF), señor Marco Polo del Nero, por 90 días. La duración de la prohibición puede ser extendida en un período no mayor a 45 días. Durante esta suspensión, Del Nero está impedido de todas las actividades futbolísticas, a nivel nacional e internacional". Además, se aclara que "la prohibición entra en rigor de inmediato".

En el segundo párrafo del breve, pero conciso comunicado, FIFA informa que "La decisión se adoptó a petición del presidente de la sala de investigación del Comité de Ética que lleva a cabo el procedimiento formal de investigación, de conformidad con el art. 83 par. 1 y art. 84 par. 2 del Código de Ética de la FIFA".