(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) La agresión al micro de Boca en la previa del encuentro de final de la Copa Libertadores 2018 sigue dando que hablar. La Justicia argentina señaló a Matías Nicolás Sebastián Firpo como el único culpable del hecho y condenado a dos años y cuatro meses de prisión condicional en un juicio abreviado. 

Fuentes del Ministerio Público Fiscal le confirmaron a Doble Amarilla que la causa fue archivada a fines del año pasado por la fiscal Adriana Bellavigna, antes de su traslado a la Unidad Sur del Ministerio Público Porteño. Esto se produjo cuando restaba un informe del Cuerpo de Investigadores de Delitos Complejos que intentaba acreditar responsabilidades de los protagonistas, según indicó Infobae.

Si bien el caso generó la salida de Martín Ocampo como ministro de Seguridad porteño y con el traslado del comisario mayor Horacio Marot desde el departamento de Seguridad Deportiva a Asuntos Judiciales de la Policía de la Ciudad, en la investigación no se habla de zona liberada.

En la zona donde ocurrió la agresión al micro, había personal de Prefectura y también grupos de combate. Tras una orden de la Superintendencia de Operaciones, los grupos se desplazaron hacia Figueroa Alcorta, dejando la zona del hecho vacía. La justificación oficial fue que ocurrieron incidentes con hinchas de River cerca del portón de acceso donde ingresan los micros visitantes.

En el momento en el que se acercaba el colectivo que trasladaba al plantel Xeneize, llegó la orden de no dejar pasar más hinchas de River. Sin embargo, la situación estaba desbordada y Prefectura no podía contener a los hinchas. Sin embargo, no hubo órdenes ni de modificar el circuito del micro ni de que los grupos vuelvan a la zona del incidente.

Por otro lado, y en la otra causa derivada de este encuentro, de reventa de entradas, también se encuentra frenada. El fiscal Norberto Brotto elevó a juicio a Caverna Godoy, José 'Bolsa de Papas' Uequín y algunos dirigentes de River. La jueza Patricia Larocca, por su parte, determinó la nulidad el pedido ya que no estaba bien sustentada su elevación a la Cámara, al no poder determinar qué actividad realizó cada imputado en los hechos presuntamente cometidos.