(De la Redacción de DOBLE AMARILLA) Un día después de anunciar la extensión de la cuarentena hasta el 26 de abril, el presidente Alberto Fernández firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia con las nuevas actividades exceptuadas del aislamiento social preventivo y obligatorio por la pandemia del Coronavirus.

En la decisión administrativa, que salió pasadas las 19 horas, se amplía el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6 del Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias. Son siete las actividades enumeradas en el Artículo N°1.

Las nuevas excepciones son: circulación de personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista "para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conveniente"; prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista; actividad bancaria con atención al público y sistema de turnos; talleres para mantenimiento y reparación de automores, motocicletas y bicicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de fuerzas de seguridad y fuerzas armadas; venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas; fabricación de neumáticos, venta y reparación; y venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.

LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA COMPLETA, A CONTINUACIÓN:

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