En una carta firmada por el propio presidente del club, Rodolfo D’Onofrio, River intimó al Bayer Leverkusen a que desista de la contratación del goleador millonario vía la ejecución de la cláusula de rescisión. Hoy el delantero se hizo estudios médicos en el Centro Rossi, a pedido del conjunto alemán, lo que despertó la furia de la dirigencia de Nùñez. Más aún porque es el centro donde River suele realizar todos sus revisiones con su plantel.  

En una parte de la carta enviada al club, con copia a la AFA, la Federación Alemana, UEFA y CONMEBOL dice que: “Esta actitud debe interpretarse claramente como inducción a la ruptura contractual, sin haber procedido mínimamente a dar aviso a nuestra entidad", expresa la misiva, en relación a los estudios que se realizó el futbolista.

Además, desde el club de Núñez advierten que con esta actitud de parte del conjunto alemán, "vuestro club estaría induciendo a éste (Lucas Alario) a ejercer la ruptura unilateral de su contrato laboral”. River advierte, basándose en normativa FIFA, que no puede romperse con el consentimiento de una sola parte un contrato luego de iniciada la temporada. Se basa en los artículos 16 y 17 del Reglamento de Transferencias de la Federación Internacional del Fútbol Asociado.

"Los intimamos expresamente para que en forma inmediata desistan de su accionar tendiente a la ruptura anticipada del contrato laboral que vincula al jugador Lucas Alario con el Club Atlético River Plate”, cierra la carta enviada al CEO del Leverkusen, Michael Schade.

¿Que dice el bendito artículo 16?

El párrafo que aduce River del Reglamento de Transferencias dice: "Además de la obligación de pago de una indemnización, deberán imponerse sanciones deportivas al club que rescinda un contrato durante el periodo protegido, o que haya inducido a la rescisión de un contrato. Debe suponerse, a menos que se demuestre lo contrario, que cualquier club que firma un contrato con un jugador profesional que haya rescindido su contrato sin causa justificada ha inducido al jugador profesional a la rescisión del contrato. La sanción consistirá en prohibir al club la inscripción de nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, durante dos periodos de inscripción completos y consecutivos. El club podrá inscribir nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, solo a partir del próximo periodo de inscripción posterior al cumplimiento íntegro de la sanción deportiva respectiva. En particular, el club no podrá hacer uso de la excepción ni de las medidas provisionales establecidas en el art. 6, apdo. 1 del presente reglamento con el fin de anticipadamente inscribir a nuevos jugadores".