Todos los focos de la modificación de la Ley del Deporte hecha por DNU y publicada esta mañana en el Boletín Oficial fueron hacia el reemplazo de la Secretaría de Deportes por la Agencia Nacional del Deporte y todo lo que eso conlleva, sin embargo dentro del mismo decreto surgen otros puntos que apuntan a cambiar la vida institucional de los todos los clubes y, en particular, de los más politizados.

Según consta en el texto publicado, se modifica especialmente el artículo 20 bis de la Ley Nº 20.655 que habla de la vida institucional de las entidades deportivas. En la normativa se limita las reelecciones, se impone el cupo femenino en las listas y se fija un mínimo de representación para las minorías en las Comisiones directivas. 

Uno de los puntos tiene que ver con la participación de un cupo femenino y de jóvenes en las listas electorales. “Las listas que se presenten para la elección de los/las integrantes de la Comisión Directiva en las asociaciones civiles deportivas de primer grado del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, deben tener entre los candidatos a los cargos titulares a elegir, un mínimo de veinte por ciento (20%), en conjunto, de mujeres y de personas jóvenes entre dieciocho (18) y veintinueve (29) años de edad, que reúnan las condiciones propias del cargo para el cual se postulen y no estén comprendidos en alguna de las inhabilidades estatutarias”, explica el texto modificatorio que, además, aclara que esta proporción debe mantenerse cuando se produzcan renovaciones parciales de los cargos titulares. 

En tanto, el decreto establece que las minorías que en una elección alcancen un mínimo del 25% de los votos tendrán al menos un cargo en comisión directiva. En este caso, vale aclarar, que los clubes que por estatuto requieran de un porcentaje menor a un cuarto de los sufragios se respetará esa norma que beneficia aún más a las minorías.

Otro punto central del texto tiene que ver con los mandatos y su duración fijadas en el artículo 21 que ahora se modifica. "Los presidentes de las asociaciones civiles deportivas de primer (clubes) y segundo grado (AFA y Superliga), de las asociaciones civiles deportivas de representación nacional y superiores del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física, tendrán una duración máxima de 4 años en sus mandatos, y un máximo de dos reelecciones inmediatas y consecutivas”, remarca la nueva normativa. Si bien muchos clubes ya tienen fijados sus topes de reelección ahora los clubes que no estén adaptados a estos plazos deberán modificar sus estatutos.

La curiosidad es que, por ejemplo, el nuevo estatuto de AFA permite una sola reelección y con esto en Viamonte están habilitados a modificar su carta magna, adaptarla a la nueva Ley del Deporte, y permitirle a Claudio Tapia tener tres períodos al frente de la Asociación del Fútbol Argentino.

Cabe destacar que puntos como el cupo joven y femenino ya estaban contemplados en la Ley 27.202 sancionada en octubre de 2015 durante los últimos días del Gobierno de Cristian Fernández de Kirchner, pero que terminó en la Justicia. Debido a esto, hoy esa normativa no es respetada por los clubes. Además, esa ley, a diferencia de esta era más agresiva y limitaba a un periodo la reelección presidencial en las instituciones deportivas. 

El decretazo de Macri muestra, una vez más, el interés particular del Presidente por tener injerencia en el fútbol. Ya lo hizo dando su "voto" para el contrato de reprivatización de las transmisiones de fútbol, el intento por imponer las Sociedades Anónimas Deportivas, la pelea por la presidencia de AFA y ahora regulando las mismas instituciones. 

Todo se suma a la polémico artículo de la necesaria ley de barras que busca que los funcionarios públicos no puedan integrar las comisiones directivas de los clubes en una medida que ya muchos la tildan como anticonstitucional y que probablemente sea tratada en sesiones extraordinarias del Congreso (si es que hay acuerdo) o durante marzo.