El presidente de Boca, Jorge Amor Ameal, fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires por “discriminar” a exdirigentes por su afinidad política, entre ellos el expresidente Daniel Angelici y el exsecretario general Christian Gribaudo.

Tras el fallo condenatorio en primera instancia, Ameal comenzó un proceso de apelaciones, primero ante la cámara y luego en instancia superior. Esta es la última instancia de apelación en los máximos tribunales porteños, por lo que, si el actual máximo dirigente no se antepone ante la Corte Suprema de Nación, deberá acatar lo que se ratificó, que es pagar una multa de $116.740. 

El máximo dirigente boquense es acusado por sus antecesores de haber dado de baja 110 abonos por cuestiones políticas, lo que consideran un hecho de discriminación. Este conflicto se inició apenas asumió la actual conducción. Ameal consideró que los abonos de los socios, comprados en diciembre de 2019, habían sido obtenidos de forma ilegal e ilegítima.

Esto estalló el 26 de enero de 2020, cuando los perjudicados quisieron entrar a la cancha para el partido contra Independiente, en el debut del equipo, y se encontraron con este problema, motivo por el cual no pudieron acceder. "El Sr. Ameal, en carácter de presidente del Club Atlético Boca Juniors, incurrió en un accionar discriminatorio al revocar los abonos que socios compradores habían adquirido lícitamente, abonando el precio correspondiente”, afirma el fallo original ratificado por el Tribunal Superior de Justicia.

Según pudo averiguar Doble Amarilla, Ameal fue condenado por la Justicia en primera instancia y de manera firme, por lo que el expresidente de Boca pagó la multa económica. Luego de que no tuviera respuesta en la Cámara de Apelaciones, elevó una queja en el Tribunal Superior de Justicia que terminó siendo rechazada.

“La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (cf. art. 32, ley nº 402); sin embargo, no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal, de prosperar sus planteos”, dice la sentencia a la que accedió este medio. 

Tras esto, se da inicio a un nuevo conflicto, entre el cual los afectados -incluyendo al propio Daniel Angelici- iniciarán acciones legales contra el presidente de Boca por daños y perjuicios ocasionados.