El Código de ética de la AFA entró en vigencia el 29/03/17, desde su aprobación por asamblea y por primera en vez su historia, la casa madre tendrá algo parecido.

La verdadera razón por la cual se crea este código, tal como lo dice en preámbulo, es para velar por la integridad y proteger la imagen del fútbol argentino. Además, resalta un detalle importante: “quiere evitar métodos y prácticas ilegales e inmorales”.

Todos los que integren AFA deberán cumplir el código y velar porque también se cumpla, pero sobre todo, deberán renunciar o actividad que se interprete como falto de honestidad y transparencia.  También les exige respetar el valor esencial del juego limpio y asumir la responsabilidad social que implica estar en el cargo que ocupa.

Doble Amarilla accedió al Código y cuenta en exclusiva, los puntos más importantes:

1 - Personas a las cuales se extiende el código: (Todo el que lo infrinja le corresponderá sanción)

• Jugadores, empleados, personas relacionados con estos (parientes cercanos, lazo sanguíneo, convivientes en la misma propiedad, hijos, tíos y demás que tengan una relación de parentesco parecida.  

• Representantes de jugadores, clubes, personas físicas y jurídicas que actúen como representante de partes.

• Entidades legales: Sociedad o institución fiduciaria

• Oficiales: DT, Médicos, Administrativos o cualquiera que desempeñe funciones en los equipos de AFA.

• Oficiales de partido: árbitros, asistentes, delegados, inspectores, delegados, oficial de seguridad. Asimismo deberán respetarlo delegados de clubes, AFA, CONMEBOL y FIFA.  

2 – Aplicación

Se aplicará a la conducta observada en todo momento. Será competente para investigar y sancionar conductas cometidas con fecha anterior a su aprobación que hubieran contravenido con los códigos de CONMEBOL y FIFA vigentes hasta ese momento (las sanciones anteriores se dictan con los códigos anteriores).   

3 - Reglas generales de conducta

• Cumpliendo con sus funciones deben adoptar lo que el código implica

• Cumpliendo con sus funciones NO deben abusar de sus funciones

• Obligación de mantener posición política neutral y conducta íntegra.  

• Las personas sujetas al código deben actuar con lealtad a los códigos de AFA, CONMEBOL, FIFA, clubes, ligas y asociaciones.

• Deben guardar CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO del expediente.

• PROHIBIDO FALSIFICAR O EMPLEAR UN DOCUMENTO FALSO.

4 – Declaración jurada

Las personas obligadas a presentar las declaraciones juradas, en un plazo de 30 días hábiles (en este caso 10/05 inclusive)  a partir de su asunción al cargo y actualizarla todos los años, son: Integrantes del comité ejecutivo, Secretario general, Tesorero, comisiones permanentes, comisiones especiales, tribunales, directores y gerentes de departamentos.

Deberá tener la nómina detallada de bienes propios (muebles e inmuebles), de su cónyuge, convivientes, que integren una sociedad de hecho y los hijos menores. Detallado: bienes muebles e inmuebles, títulos, capitales invertidos en distintos valores; Créditos, deudas e hipotecas; Ingresos y egresos por renta de espacios.

La falta de presentación de lo pedido se considerará falta grave. Luego serán intimadas a que en un plazo de 15 días lo entreguen. Si persiste se sancionará con lo que corresponda.

5 – Prohibiciones

Realizar cohecho, actos de corrupción, dar sobornos, malversar fondos, tener conductas sospechosas, discriminar, recibir o dar comisiones, arreglar partidos. Deben: proteger los derechos personales, respetando la integridad física y mental, evitar el acoso y el acoso sexual.    

Por arreglar partidos: Será sancionado con suspensión por partidos y una multa no menor a los 10.000 dólares. En casos graves, se prohibirá de por vida en cualquier actividad relacionada con el fútbol. Por influir partidos: se podrá multar al club o asoc. a la que pertenezca. En casos graves, se podrá sancionar al infractor con exclusión de competencia, descensos, sustracción de puntos y devolución de premios.

6 – Presentación de pruebas

Presentación de pruebas: se consideran como tales

• documentos

• informes oficiales

• declaraciones de partes

• declaraciones de testigos

• grabaciones de audio o video

• informes periciales

• cualquier otro medio.

Testigos anónimos: Se va a preservar su identidad siempre que peligre su vida y se tomarás medidas necesarias para que permanezca como tal.